El Ministerio de Cultura, a través del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), ha lanzado una convocatoria de ayudas destinadas a la producción de cortometrajes por un importe total de 800.000 euros. Los interesados tendrán un plazo de diez días para presentar sus solicitudes, comenzando desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, con fecha límite hasta el 30 de mayo a las 14 horas, hora peninsular.
Según se detalla en el extracto de la resolución, la ayuda máxima que se podrá recibir será de 70.000 euros por cada cortometraje beneficiario, mientras que las películas de animación podrán optar a un máximo de 130.000 euros. Es importante señalar que estas ayudas son compatibles con otras destinadas a cortometrajes sobre proyecto, aunque la suma total no podrá exceder los límites establecidos: 100.000 euros por película o 180.000 euros para animaciones, conforme al artículo 21 del Real Decreto 1084/2015.
Nuevas oportunidades para cineastas
Podrán acceder a estas ayudas aquellos cortometrajes que hayan sido calificados para su exhibición pública entre el 2 de enero y el 30 de diciembre de 2024, ambos días incluidos. Las empresas que resulten beneficiarias tendrán un mes desde la notificación de la resolución para solicitar el reconocimiento del coste del cortometraje.
La presentación de solicitudes deberá realizarse obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
800.000 euros |
Importe total de las ayudas convocadas. |
70.000 euros |
Cuantía máxima de la ayuda por película beneficiaria. |
130.000 euros |
Cuantía máxima de la ayuda para películas de animación. |
100.000 euros |
Límite máximo de la suma de ayudas a cortometraje sobre proyecto y esta ayuda. |
180.000 euros |
Límite máximo para películas de animación en la suma de ambas ayudas. |
Preguntas sobre la noticia
¿Cuáles son las cuantías máximas de las ayudas?
La cuantía máxima de la ayuda será de 70.000 euros por película beneficiaria o de 130.000 euros para las películas de animación.
¿Qué cortometrajes pueden optar a estas ayudas?
Pueden optar a estas ayudas los cortometrajes que hayan sido calificados para su exhibición pública entre el 2 de enero y el 30 de diciembre de 2024, ambos días inclusive.
¿Cómo se debe presentar la solicitud?
La presentación de solicitudes será obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura.
¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado, finalizando el día 30 de mayo a las 14 horas, hora peninsular.
¿Qué deben hacer las empresas beneficiarias tras recibir la ayuda?
En el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación de la Resolución de concesión, deberán presentar solicitud de reconocimiento del coste del cortometraje para el que se haya obtenido ayuda.